diciembre 05, 2008

REBAJAN A 10.00 NUEVOS SOLES OPERATIVIDAD 2007

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017 - 2008-MPB

Bagua, 01 de Diciembre del 2008.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA

POR CUANTO

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Bagua, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 40-2008, de fecha 24 de Noviembre del 2008, y

CONSIDERANDO

Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y su autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, de conformidad con lo que establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” en concordancia con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que las Ordenanzas Municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, según la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, en su articulo 81º en inciso 1, numeral 1.6, dice “Las Municipalidades Provinciales, en materia de transito, vialidad y transporte público, ejercen funciones especificas de Normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza;

Que, estando la Provincia de Bagua, declarada como zona en extrema pobreza y teniendo en cuenta que parte de su población se dedica al transporte de pasajeros, como medio de trabajo, con la utilización de vehículos menores;

Que, es requisito fundamental para poder realizar la actividad laboral antes mencionada, que los vehículos cuenten con Permiso de Operatividad de Vehículos Menores año 2007, estipulado en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Bagua, a razón del 1.31% de la UIT, en forma anual,

Que, el Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su inciso Nº 9, establece que son atribuciones del Consejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas, asimismo crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, conforme a ley;

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 40-2008, de fecha 24 de Noviembre del 2008, acordó reducir el costo del Permiso de Operatividad del año 2007, hasta el 31 de Diciembre del 2008,
Que, estando a los fundamentos expuestos el Pleno del Consejo Municipal por Mayoría aprobó, lo siguiente

ORDENANZA MUNICIPAL QUE AMNISTIA A UN 23.80% EL PAGO POR CONCEPTO DE PERMISO DE OPERATIVIDAD DE VEHÍCULOS MENORES DEL AÑO 2007

Articulo 1º.- AMNISTIAR, a un 23.80% el pago por concepto de Certificado de Operatividad de Vehículos Menores, correspondiente al año 2007, equivalente a S/. 10.00 (DIEZ y 00/100 NUEVOS SOLES).

Articulo 2º.- PRECISAR, que la referida amnistía tendrá un plazo de duración desde el día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza hasta el 31 de Diciembre.

Articulo 3º.- ENCARGAR, el fiel cumplimiento de la presente norma a la Unidad de Transito y Seguridad Vial, Gerencia Municipal y demás dependencias correspondientes.

Articulo 4º.- ENCARGAR, a la Unidad de Imagen Institucional, la difusión de la presente norma con arreglo a ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ING. LUIS NUÑEZ TERAN
ALCALDE PROVINCIA DE BAGUA

diciembre 04, 2008

VENCE CERTIFICADO HABILITACION VEHICULAR VEHICULOS MAYORES

NOTA DE PRENSA

GOBIERNO PROVINCIAL DE BAGUA ANUNCIA QUE CERTIFICADO DE HABILITACION VEHICULAR VENCE EL 31 DE DICIEMBRE.

CON LA FINALIDAD DE ORIENTAR A LOS CONDUCTORES Y PROPIETARIOS DE VEHICULOS MAYORES DEL AMBITO DE NUESTRA PROVINCIA, EL GOBIERNO PROVINCIAL DE BAGUA REPRESENTADO POR EL ALCALDE ING. LUIS NUÑEZ TERAN HACE CONOCER QUE DE CONFORMIDAD A LAS ORDENANZAS MUNICIPALES Nº 024 2007 – MPB Y 005 – 2008 (TUPA) ESTABLECE LOS REQUISITOS PARA LA CIRCULACION DE VEHICULOS MAYORES Y QUE EL CERTIFICADO DE HABILITACION VEHICULAR VENCE EL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.

POR TAL MOTIVO, HACEMOS CONOCER QUE DEBEN ACERCARSE A LA UNIDAD DE TRANSITO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

Ø SOLICITUD Y RECIBO DE PAGO DE S/.100.00
Ø COPIA DE TARJETA DE PROPIEDAD
Ø COPIA DE LICENCIA DE CONDUCIR
Ø COPIA FEDATEADA DEL SOAT
Ø DECLARACION JURADA DE NO ESTAR INHABILITADO
Ø ADEMAS: CADA VEHICULO NO DEBERA TENER DEUDAS ANTERIORES

GOBIERNO PROVINCIAL DE BAGUA………..TRABAJANDO EN BENEFICIO DE NUESTROS HERMANOS CONDUCTORES

BAGUA 04 DE DICIEMBRE DEL 2008

diciembre 03, 2008

CURSO TALLER MANEJO DE EXTINTORES

NOTA DE PRENSA

COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL DE BAGUA REALIZARA CURSO TALLER DE USO Y MANEJO DE EXTINTORES.

CON LA FINALIDAD DE CAPACITAR A LOS PROPIETARIOS Y / O CONDUCTORES DE HOTELES, RESTAURANTES, GRIFOS Y PUBLICO EN GENERAL DE NUESTRA CIUDAD, EL COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL DE BAGUA PRESIDIDO POR EL ALCALDE ING. LUIS NUÑEZ TERAN HA COORDINADO CON LA EMPRESA DE EXTINTORES HC DE CHICLAYO PARA EL DICTADO DEL CURSO TALLER DENOMINADO “USO Y MANEJO DE EXTINTORES”.

EL MENCIONADO TALLER SE LLEVARA A CABO EL DIA LUNES 15 DE DICIEMBRE DE 8.00 AM. A 1.00 PM. EN LA SALA DE USOS MULTIPLES DEL CENTRO CULTURAL MUNICIPAL.

LOS PONENTES Y TEMAS SERAN:

· BRIGADIER MAYOR CBP JOSE ESTEVEZ CASTRO
TEMA: USO Y MANEJO DE EXTINTORES

· BRIGADIER CBP MIGUEL JAIME ABAD
TEMA: GAS LICUADO DE PETROLEO

RECUERDE SIEMPRE.……PREVENIR ANTES QUE LAMENTAR.

¡ DEFENSA CIVIL.………………………….TAREA DE TODOS ¡

BAGUA 03 DE DICIEMBRE DEL 2008

REBAJA DE COSTO DE PARTIDAS DE NACIMIENTO

ACUERDO DE CONCEJO No. 31 -2008-MPB

Bagua, 26 de Noviembre del 2008
POR CUANTO ;
En Sesión Ordinaria Nº 40 de fecha 24 de Noviembre del 2008 y;

CONSIDERANDO;
Que, las Municipalidades son Órganos del Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralización, concordado con el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, los gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios Públicos Locales y el Desarrollo Integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 019-2008-MPB, de fecha 10 de Setiembre del 2008, se acordó autorizar a la Unidad de Registro civil y a la Unidad de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Bagua, la reducción por única vez, el costo por Derecho de Expedición de Copia de Partida de Nacimiento para tramites de DNI de S/. 9.00 (NUEVE Y 0/100 NUEVOS SOLES) a S/. 3.00 (TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), solo para menores en edad escolar, por un plazo de 45 días.
Que, teniendo en cuenta que mediante Informe Nº 31-2008-MPB-URC de fecha 19-11-2008 en el cual la Jefe de la Unidad de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Bagua, informa que habiéndose cumplido el plazo otorgado en el acuerdo antes mencionado y que a la fecha solamente se ha atendido aproximadamente un 30% de la población estudiantil con dicho tramite y;
Que, existiendo la necesidad de los padres de familia y la falta de presentación de información de algunos centros Educativos en el plazo establecido, la Jefa de Unidad de Registro Civil solicitó ampliación del plazo al Acuerdo de Concejo Nº 40 de fecha 24 de noviembre del 2008.
Que, es competencia del Concejo Municipal crear, Modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tazas, arbitrios, licencias y derechos conforme a lo establecido en la Ley Nº 27972 en su Artículo 9º inciso 9º, según lo expuesto, es procedente y atendible la solicitud planteada por la Jefe de la Unidad de Registro Civil.
En ese sentido; estando a las argumentaciones antes expuestas y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto por unanimidad del Pleno del Concejo Provincial de Bagua en su Sesión Ordinaria de fecha 24 de Noviembre del 2008.
SE RESUELVE :
ARTÍCULO PRIMERO.- CONCEDER ampliación de plazo para tramites de Expedición de Copia de Partida de Nacimiento para tramites de DNI solo para menores en edad escolar, hasta el 31 de Diciembre del año 2008, siendo el costo por Derecho de Expedición de Copia de Partida de Nacimiento para dichos tramites S/. 3.00 (TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES).
ARTÍCULO SEGUNDO.-. NOTIFICAR a las instituciones Educativas para que dentro de este plazo cumplan con hacer llegar la relación de alumnos que se acogerán al presente acuerdo.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Unidad de Registro Civil y a la Unidad de Secretaria General el cumplimiento del Presente acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional la difusión del presente acuerdo.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ING. LUIS NUÑEZ TERAN
ALCALDE PROVINCIA DE BAGUA

PROHIBEN VENTA DE PIROTECNICOS POR NAVIDAD Y AÑO NUEVO

NOTA DE PRENSA

COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL HACE RECORDAR A COMERCIANTES QUE ESTA PROHIBIDA LA VENTA DE PRODUCTOS PIROTECNICOS.

CON MOTIVO DE APROXIMARSE LAS FIESTAS NAVIDEÑAS Y DE FIN DE AÑO, EL COMITÉ PROVINCIAL DE DEFENSA CIVIL QUE PRESIDE EL ALCALDE ING. LUIS NUÑEZ TERAN HACE DE CONOCIMIENTO A LOS COMERCIANTES QUE, COMO NORMA DE SEGURIDAD ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO LA VENTA DIRECTA AL PUBLICO DE PRODUCTOS PIROTECNICOS COMO: RASCAPIE, RATA BLANCA, AVION DE PERLAS, COHETES, COHETECILLOS, COHETON. ENTRE OTROS.

LA COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS PIROTECNICOS SOLO ESTA PERMITIDA A TRAVES DE LA DICSCAMEC; INVOCAMOS A LOS PADRES DE FAMILIA TENER CUIDADO CON SUS HIJOS Y NO PERMITAS QUE MANIPULEN PRODUCTOS PIROTECNICOS.

CIUDADANO………………….AYUDA Y PARTICIPA EN LA PROTECCION DE LA POBLACION DENUNCIANDO LOS TALLERES CLANDESTINOS, VENDEDORES AMBULANTES QUE COMERCIALIZAN PRODUCTOS PIROTECNICOS.

¡ DEFENSA CIVIL……………………….TAREA DE TODOS ¡

BAGUA 03 DE DICIEMBRE DEL 2008

APRUEBAN UTILIZAR BOLSAS DE TELA

ACUERDO DE CONCEJO No. 32 - 2008-MPB

Bagua, 26 de Noviembre del 2008

VISTO;
Sesión Extraordinaria Nº 40 de fecha 24 de Noviembre del año 2008 y El Informe presentado por la Comisión de Educación, Cultura, Turismo, Recreación y Deportes de la Municipalidad Provincial de Bagua y ;

CONSIDERANDO;
Que, las Municipalidades son órganos del gobierno local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, según lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
Que, la mencionada Ley en su Art. 82° dispone que es deber de las Municipalidades velar por el desarrollo integral de la población, así mismo promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente.
Que, mediante Informe el Prof. GUILLERMO VEGA GONZALES Presidente de la Comisión de Educación, Cultura, Turismo, Recreación y Deportes de la Municipalidad Provincial de Bagua explicó cómo las acumulaciones de bolsas desechadas vienen perjudicando el medio ambiente en diversas partes del mundo y en especial en nuestra ciudad, representando una gran amenaza para la flora y fauna del planeta. Por ello, se recomendó reducir el uso de bolsas plásticas, y por el contrario, reemplazarlas con bolsas de tela, que son más cómodas y duraderas. Además sugirió difundir a la población a trabajar conjuntamente con las autoridades para promover acciones en defensa de las áreas ecológicas.
Que, teniendo en cuenta que Las bolsas plásticas tardan al menos unos 400 años en descomponerse, todo ese tiempo estarán contaminando el ambiente y gran parte de ellas no llegan a los centros de acopio de residuos sólidos sino que terminan en ríos y calles.
Que, las Municipalidades en materia de Salubridad, Salud, saneamiento, cumplen las funciones de difundir programas de saneamiento ambiental en concordancia con el articulo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y;
En ese sentido, estando a las argumentaciones antes expuestas y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto por unanimidad del Pleno del Concejo Provincial de Bagua en su Sesión Ordinaria de fecha 24 de Noviembre del 2008.
SE RESUELVE :
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR que la Municipalidad Provincial de Bagua, promueva la utilización de bolsas de tela, para evitar la contaminación ambiental con el uso de bolsas de polietileno.
ARTÍCULO SEGUNDO.- PROMOVER, la firma de un convenio con Instituciones educativas de la ciudad para su confección.
ARTÍCULO TERCERO.-
ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional su difusión respectiva.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ING. LUIS NUÑEZ TERAN
ALCALDE PROVINCIA DE BAGUA

ELABORACION DE INSUMOS PARA MOTOTAXIS

COMUNICADO

APRENDA A ELABORAR INSUMOS DE LIMPIEZA PARA MOTOTAXIS

CON EL OBJETIVO DE CAPACITAR A NUESTROS HERMANOS MOTOTAXISTAS Y TENGAN CONOCIMIENTOS DE ALGUNOS INSUMOS DE LIMPIEZA PARA SUS UNIDADES VEHICULARES, LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA A TRAVÉS DE LA COMISION DE TRANSITO, VIABILIDAD Y TRANSPORTE ANUNCIA EL CURSO DE CAPACITACION “ELABORACION DE INSUMOS DE LIMPIEZA PARA MOTOTAXIS” COMO:

· SILICONAS LIQUIDAS PARA LLANTAS
· REMOVEDOR DE FIERRO
· QUITA BARRO
· LIMPIA MARROQUINES
· JABON LIQUIDO

EL CURSO DE SERA LOS DIAS 08 / 09 Y 10 DE DICIEMBRE EN EL AUDITORIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINICIAL EN EL HORARIO DE 9.00 A 11.00 DE LA MAÑANA.

INSCRIPCIONES: DE 9.00 AM. A 12 M. Y DE 3.00 PM. A 5.00 PM EN EL INTITUTO NACIONAL DE CULTURA.

GOBIERNO PROVINCIAL DE BAGUA………..APOYANDO A NUESTROS HERMANOS MOTOTAXISTAS.

BAGUA 02 DE DICIEMBRE DEL 2008

EMPADRONAMIENTO DE MOTOTAXIS

NOTA DE PRENSA
GOBIERNO PROVINCIAL DE BAGUA EMPADONARA A VEHICULOS MENORES SIN PLACA DE RODAJE.

CON LA FINALIDAD DE TENER UN DIAGNOSTICO REAL DEL PARQUE AUTOMOTOR DE VEHICULOS MENORES QUE CIRCULA SIN PLACA DE RODAJE EN NUESTRA CIUDAD, LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA A TRAVES DE LA COMISION DE TRANSITO, VIABILIDAD Y TRANSPORTE HACE DE CONOCIMIENTO A LOS PROPIETARIOS DE MOTOTAXIS QUE NO CUENTEN CON PLACA DE RODAJE SIRVANSE EMPADRONARSE DEL 01 AL 12 DE DICIEMBRE EN LA UNIDAD DE TRANSITO, PARA LO CUAL DEBERAN TRAER UNA COPIA DEL DOCUMENTO QUE ACREDITE LA COMPRA DE SU UNIDAD VEHICULAR.

AMIGO MOTOTAXISTA……….CUMPLE CON TUS OBLIGACIONES Y EVITARAS INFRACCIONES.

BAGUA 26 DE NOVIEMBRE DEL 2008