noviembre 03, 2008

REORGANIZACION DEL MERCADO,PARADA Y CAMAL

ACUERDO DE CONCEJO Nº 021 -2008-MPB

Bagua, 14 de Octubre del 2008

POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria Nº 34 de fecha 13 de Octubre del 2008, y

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV sobre descentralización, concordado con el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972, Ley orgánica de Municipalidades.

Que, los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los Servicios Públicos Locales y el Desarrollo Integral, sostenible y armónico de su circunscripción.

Que, es atribución del Concejo Municipal aprobar el Régimen de Administración de sus Bienes y Rentas; así como el Régimen de Administración de los Servicios Públicos Locales y ante las continuas quejas, denuncias al interior del Mercado Municipal de Bagua, sobre irregularidades en la Posesión y conducción de los puestos, es necesario la reorganización Administrativa y el Saneamiento Físico Legal de los puestos existentes en dicho centro de Abastos.

Que, es necesario normar y dotar de los mecanismos legales a la administración de mercado para que pueda empadronar y zonificar los puestos en dicho centro de abastos; por lo que en un plazo de 60 días calendarios se debe emitir la Ordenanza y Reglamentos necesarios para la correcta administración de tan importante centro comercial, debiéndose dar facultades a la Administración del Mercado para que solicite el Asesoramiento Técnico Legal de las Unidades Especializadas de esta Municipalidad a fin de cumplir el presente acuerdo.

Que, el pleno del Concejo en uso de sus facultades que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 por UNANIMIDAD.
ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, en reorganización Administrativa por espacio de 60 días calendarios el Mercado Municipal de Bagua dependiente de la Unidad de Comercialización, por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo

ARTICULO SEGUNDO: AUTORIZAR al jefe de la Unidad de Comercialización
realizar las coordinaciones necesarias a fin de conseguir asesoramiento Técnico Legal de las unidades correspondientes de la Municipalidad Provincial de Bagua, con la finalidad que en un plazo de 60 días calendarios se emita la normativa correspondiente.

ARTICULO TERCERO: AUTORIZAR a la Oficina de Imagen Institucional la difusión del presente Acuerdo para conocimiento de la ciudadanía.


REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
ING. LUIS NUÑEZ TERAN
ALCALDE PROVINCIA DE BAGUA

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